IPC (Índice de precios al consumidor), para los cánones de arrendamiento de vivienda urbana durante el 2017.

Enero 6 de 2017

La presidenta de la Federación de Lonjas de Propiedad Raíz, FEDELONJAS, María Clara Luque, precisó que este ajuste y las condiciones para hacerlo son importantes para el país donde viven en arriendo cerca de 17 millones de colombianos, tal como lo muestran cifras del Dane.

La directiva gremial aclaró que los arrendamientos no se incrementan todos automáticamente en enero de este año, sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o del último ajuste del canon.

El aumento definido para 2017 es válido siempre y cuando éste no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada, como lo estipula el Artículo 18 de la Ley 820 de 2003.

La presidenta de FEDELONJAS precisó, así mismo, que los reajustes no aplican para contratos de arrendamiento de bienes inmuebles para uso comercial, cuyo valor e incremento deberá acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó estipulado en el contrato de arrendamiento.

PARA TENER EN CUENTA

·           Los contratos de arrendamiento suscritos antes del 10 de julio de 2003, el incremento del canon no podrá superar la meta de inflación fijada por el Banco de la República para el año 2016, es decir, no podrá superar el 3% del valor del arrendamiento.

·         El incremento del canon es aplicable sólo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento, previa comunicación por parte del arrendador.

·           La notificación de aumento del valor del canon y la fecha en que se empezará a aplicar se debe hacer través del servicio postal autorizado o mediante el mecanismo establecido en el contrato.

·          El arrendatario puede exigir la terminación del contrato, sin sanciones económicas, si el arrendador eleva el valor del canon por encima de lo establecido por Ley.

·           El arrendador es libre de aplicar el alza o no hacerla en caso de querer impulsar al arrendatario a mantener el contrato por más tiempo.

Tomado de: Fedelonjas.

 


Bienes Inmobiliaria
Bienes Inmobiliaria Whatsapp
Hoy
Hola, buen día. Cómo puedo ayudarle el día de hoy?

 

©2024 bienesinmobiliaria.com, todos los derechos reservados.
Powered by: wasi.co